En el estado de Sinaloa se penalizará como fraude el incumplimiento de pagos a productores agropecuarios, tras haberse aprobado por unanimidad en el Congreso del Estado tipificarlo como tal cuando se incumpla el pago del precio ya acordado escrito o verbalmente.
Esta medida aplica para la la compra de un producto agrícola, ganadero, apícola, acuícola y pesquero en los términos, condiciones y plazos convenidos con el productor, y es con la finalidad de darle certeza a los eslabones de las cadenas productivas, impidiendo que el comprador cometa fraude a los productores.
Se aprobó reformar las las fracciones VIII y IX; y se adiciona la fracción X al artículo 216 del Código Penal para el Estado de Sinaloa y permitirán mejorar las condiciones del sector primario, evitando que sean víctimas de fraude y que se les cumplan las condiciones de compraventa y en caso de no ser así que toda persona que incumpla sea sancionado por la vía penal.
La fracción X del artículo 216 dispone que “siendo particular y teniendo la posesión de un producto originado de la actividad agrícola, ganadera, apícola, acuícola o pesquera, del que hubiere pactado la compra de manera escrita o verbal con su productor, lo enajene o lo someta a un proceso de transformación, ya sea por sí o por interpósita persona, y no pague lo acordado en los términos, condiciones y plazos convenidos”.
Lee la nota completa aquí: https://mazatlandigital.com/2023/07/26/se-penalizara-como-fraude-el-incumplimiento-de-pagos-a-productores-agropecuarios/




