CNDH irá contra ley en Tlaxcala

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) encendió las alertas al promover una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Congreso local y el Poder Ejecutivo de Tlaxcala. El motivo: la aprobación y promulgación de una disposición legal que, a decir del organismo, vulnera de manera directa el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad.

La presidenta de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibarra, argumenta que la norma en cuestión no es clara ni precisa, lo que genera incertidumbre jurídica para las personas que buscan participar como facilitadoras en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia administrativa. Desde la óptica del organismo, cuando una ley no se entiende con claridad, se convierte en terreno fértil para decisiones arbitrarias.

El recurso constitucional se enfoca en el artículo 108, fracción I, inciso d), de la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado de Tlaxcala, expedida mediante el Decreto 126. Este artículo establece como requisito para fungir como persona facilitadora “no haber sido condenado por delitos de los señalados en los artículos 108 y 109 de la Constitución federal”.

Aquí está el punto crítico: los artículos 108 y 109 de la Constitución no tipifican delitos. En realidad, forman parte del régimen de responsabilidades administrativas, políticas y penales de personas servidoras públicas y particulares. Para la CNDH, esta referencia genera una norma ambigua, imprecisa y abierta a la discrecionalidad, ya que no define con exactitud qué conductas penales impedirían acceder al cargo.

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