La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la oposición contra la reforma judicial. Dicha reforma, impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por la mayoría calificada de MORENA y sus aliados en el Congreso, propone cambios profundos en la administración de justicia en México.
El ministro González Alcántara sugiere en su proyecto declarar inconstitucional la elección de jueces y magistrados mediante voto popular. No obstante, su propuesta mantiene el esquema de elección de ministros de la SCJN, justificando esta decisión como un acto de «autocontención» para evitar lo que denomina una «crisis constitucional». Según el ministro, esta medida permitiría restaurar la «normalidad institucional» y las relaciones entre los poderes.
Propuesta de González Alcántara: invalidar figuras controvertidas
El proyecto incluye la invalidación de la figura de los llamados «jueces sin rostro», la eliminación de amparos con efectos generales y la anulación de la elección popular de jueces y magistrados. Sin embargo, el ministro plantea conservar los nombramientos de los ministros de la Suprema Corte, así como de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.
Además, el proyecto analiza la posibilidad de declarar inconstitucional la renovación completa de los poderes judiciales locales, lo cual evitaría la sustitución de jueces estatales mediante un proceso de voto popular, en favor de mantener su nombramiento por criterios institucionales y técnicos.
El análisis del ministro González Alcántara subraya la importancia de proteger la independencia del Poder Judicial, señalando que la reforma judicial propuesta afecta los principios constitucionales y atenta contra la democracia constitucional. Asegura que esta protección de garantías como la imparcialidad y la independencia es esencial para preservar un sistema judicial justo.
La SCJN y su facultad de revisar reformas constitucionales
El proyecto de sentencia de González Alcántara sostiene que la SCJN, en su rol de tribunal constitucional, tiene la potestad de revisar reformas constitucionales cuando éstas atentan contra los principios básicos de la Constitución, las llamadas «cláusulas pétreas». Estas cláusulas buscan proteger los fundamentos democráticos e impedir cambios que vulneren el espíritu de la Carta Magna.
El documento, que da respuesta a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, será discutido en el pleno de la SCJN el próximo jueves. Para ser aprobado, requerirá al menos ocho votos favorables de los ministros.
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